El BTP desaparece el próximo año
El día 1 de enero de 2016 desaparecerá el permiso BTP de conducción, para adaptarse a las categorías de permisos existentes en el Permiso Único Europeo de Conducción, común en los 28 estados de la Unión.
El permiso BTP es imprescindible (solamente en España) para aquellos conductores que se dedicaban “a conducir vehículos prioritarios cuando circulen en servicio urgente, vehículos que realicen transporte escolar cuando transporten escolares y vehículos destinados al transporte de viajeros en servicio de tal naturaleza, todos ellos con una masa máxima autorizada no superior a 3.500 kg y su número de asientos, incluido el conductor, no exceda de nueve”. Es decir, hoy por hoy, el BTP es necesario para taxistas, conductores de ambulancia, policías, etc.
Según la DGT, el motivo de la retirada de este permiso (además de la adecuación al marco europeo), es que “los tipos de vehículos a los que autoriza a conducir la categoría BTP podrán conducirse con otras categorías ya recogidas en el Permiso Único Comunitario, a partir de la entrada en vigor de la modificación reglamentaria”.
A pesar de la retirada de este carnet, los titulares del permiso BTP podrán seguir conduciendo y realizando su trabajo sin ningún impedimento, siempre y cuando cumplan los requisitos necesarios para la conducción en su sector correspondiente. Tampoco les será necesario sacarse o pedir otro carnet: mantendrán esta licencia hasta que les caduque el permiso B. En el momento que lo renueven, la mención de la categoría BTP ya no aparecerá.
A pesar de que la modificación todavía no es oficial y está en trámite, la DGT hace hincapié en que es necesaria su difusión anticipada debido a “la relevancia que para determinados sectores supone la eliminación de este permiso”.
Desde #AutoescuelaBenidorm #Eurovial nos parece muy importante informar a todos los posibles interesados de esto, ya que la supresión del permiso BTP supondrá un cambio importante en la normativa y en los requisitos necesarios para realizar determinadas actividades laborales.
Fuente: www.cnae.com